En corto: la Ley 30-26 subió los topes del RST. Desde el 1 de enero de 2027 pueden entrar negocios con hasta RD$30 millones en ingresos brutos al año (servicios y producción que venden al consumidor final), RD$15 millones (profesionales independientes y sector agropecuario) o RD$60 millones en compras (comercio).
| Modalidad | Quién | Tope anual |
|---|---|---|
| Ingresos | Personas jurídicas y negocios de único dueño con servicios o producción de bienes, que venden a consumidores finales | RD$30,000,000 en ingresos brutos |
| Ingresos | Personas físicas con servicios profesionales u oficios independientes, y personas físicas o jurídicas del sector agropecuario | RD$15,000,000 en ingresos brutos |
| Compras | Personas físicas, jurídicas o negocios de único dueño dedicados al comercio de bienes | RD$60,000,000 en compras e importaciones |
Estos montos se ajustan cada año al 100% del índice de precios al consumidor (IPC) que publica el Banco Central.
Para el año 2026 siguen aplicando los topes del reglamento anterior. Si estás evaluando el RST para este año, revisa tu caso con nosotros.
La solicitud se hace a más tardar el 31 de diciembre del año en que vas a presentar la declaración, y necesitas autorización previa de la DGII. Lo explicamos en cómo solicitar el RST.
¿Desde cuándo aplican los topes nuevos del RST?
Desde el 1 de enero de 2027.
¿Los topes se quedan fijos?
No. Se ajustan cada año por inflación.
¿Qué ley cambió los topes?
La Ley 30-26, en su artículo 25, que modifica el artículo 290 del Código Tributario.
Fuente: Ley 30-26, art. 25. Promulgada el 18 de junio de 2026.
Este artículo es parte de nuestra guía del RST.
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